Como proteger una marca

El primer paso para proteger una marca es la solicitud de registro de marca. Para ello, lo primero que puedes hacer es averiguar su viabilidad en nuestro buscador de marcas y confirmar si tu marca o una similar ya ha sido registrada con anterioridad.

En singular TM te ayudaremos también con el análisis técnico y te daremos algunas recomendaciones para que su posterior publicación en el Boletín de Propiedad Industrial, ya sea nacional o de la Unión Europea, sea posible.

El registro de marca es el primer paso para proteger una marca, pero puede no ser suficiente.

Para dar una protección completa a una marca es importante conocer y tener en cuenta todos los pasos del proceso de registro de marca.

 ¿Qué pasos siguen después del registro de marca?

Una vez que tu marca se publica comienza el plazo para que un tercero se pueda oponer, es decir, que intente evitar su registro.

Un tercero se puede oponer al registro de tu marca porque considera que tu marca se parece a la suya y puede causarle problemas (por ejemplo, por el riesgo de confusión, o el aprovechamiento de la reputación ajena con el que intentes beneficiarte de la similitud de tu marca con la suya para aprovechar su inversión en darse a conocer, etc.).

Plazos de solicitud de registro de marca

Para tú información, estos son los plazos desde la solicitud de registro de marca hasta su concesión:

Marca Nacional

 registro marca nacional

Marca de la Unión Europea

Servicio de vigilancia de marca

Después de la solicitud viene la publicación y la posibilidad de que un tercero se oponga pero, ¿cómo te puedes enterar de que se ha presentado una solicitud que se parece a tu marca? o a la inversa, ¿cómo se pueden enterar ellos de que hemos pedido tu marca? Esto es gracias al servicio de vigilancia con protección 24/7/365.

Proteger la marca 24/7/365

Como hemos adelantado, el servicio de vigilancia de marca es un servicio muy especial que ofrecemos tanto si has solicitado la marca con nosotros como si no es el caso.

Lo interesante es que es una “protección 24/7/365 para tu marca” lo que implica que una vez lo contratas y durante todo un año te vamos a avisar de posibles solicitudes que puedan ser parecidas a tu marca, al mismo tiempo que te informamos de las posibilidades que vemos de éxito por si quieres que presentemos una oposición para evitar su registro.

La principal ventaja es que nosotros revisamos regularmente todas las solicitudes y por tanto de esta manera puedes despreocuparte porque sabes que si un tercero tratara de copiar tu marca de una forma idéntica o similar… ¡nosotros te avisaríamos!

¿Qué puedo hacer si un tercero se opone a mi marca?

Un tercero puede tener contratado un servicio de vigilancia y enterarse de la publicación de tu solicitud, por lo que podría intentar evitar el registro de tu marca, así que te puedes preguntar cómo responder a esa oposición.Si dentro del plazo de oposición (2 meses para solicitudes de registro de marca nacional y 3 meses para registro de marca EU) un tercero se opone a tu marca y no se presentan los argumentos correctos, el examinador rechazará tu registro. Pero no te preocupes…

¡Puedes contar con nosotros para defender tu marca con nuestro servicio de contestación!

¿Cómo funciona nuestro servicio de contestación?

En singular TM nos encargamos de defender la validez de tu marca, tanto si la has pedido con nosotros, como si no ha sido así.

Tanto para contestar a un suspenso, como para presentar una oposición, analizamos múltiples aspectos que luego la Oficina Española de Patentes y Marcas (en el caso de la marca nacional), o la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (para la marca de la UE) valorarán, junto a los argumentos que emplee el tercero para intentar evitar el registro de tu marca o bien para defender la suya.

¿Cómo puedo evitar que registren una marca parecida a la mía?

Ahora, en sentido inverso, es decir, ¿y si eres tú el que tiene una solicitud o una marca concedida y quieres presentar una oposición a una marca que ves idéntica o similar para evitar su registro?

Puedes contratar nuestro servicio de oposición.

Siempre y cuando estemos en el plazo antes indicado (2 meses desde la publicación marca nacional o 3 para la publicación de la marca de la UE) puedes contratar este servicio, para que argumentemos por ti porque no se debe conceder esa marca que te resulta problemática, Para ello es necesario que tu marca haya sido solicitada o concedida previamente a la que tienes intención de oponerte.

¿Qué hace singular TM durante el proceso de oposición?

Analizamos algunas cuestiones técnicas: similitudes visuales, denominativas, fonéticas, conceptuales, registros anteriores, jurisprudencia y decisiones previas, riesgo de confusión, riesgo de asociación, conductas de parasitismo…

¿Cuándo tengo que renovar mi marca?

Finalmente, no debes olvidar que tu marca estará protegida durante un periodo limitado de 10 años, por lo que, transcurrido este tiempo, tienes que renovarla y… ¡nosotros te lo ponemos muy fácil con nuestro servicio de renovación!

¡Ojo! Tu marca puede ser renovada entre los 6 meses a su expiración y los 6 meses posteriores, con un recargo por ello ya que las Oficinas “penalizan” por conceder ese periodo de gracia.

Es importante que, si quieres que te ayudemos con el trámite de nuestro servicio de renovación de tu marca, lo hagas dentro del plazo y si tienes alguna duda nos preguntes directamente.

Dicho todo esto y a modo resumen, para proteger adecuadamente una marca hay que tener en cuenta que:

  1. La solicitud es el primer paso imprescindible, pero para una completa protección de tu marca puede ser insuficiente, en especial si queremos enterarnos de que un tercero nos está copiando. De ahí la importancia de servicios como el de vigilancia.
  2. Contar con nosotros como expertos te brinda la oportunidad de defender tu marca, gracias al servicio de contestación si alguien intenta evitar que nuestra marca se registre, como si tú eres el que quiere intentar que una marca no sea concedida, con el servicio de oposición.
  3. Finalmente… ¡no olvides renovar tu marca en plazo! Recuerda, los 6 meses antes de que expire su duración, contando 10 años desde su solicitud.

Como siempre, si tienes alguna duda… ¡contacta con nosotros!

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